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Cerrajero barato

Mirilla digital, ¿es legal?

Si estás pensando en poner una mirilla digital en tu puerta para mejorar la seguridad de tu hogar tienes que saber primero qué requisitos tienes que cumplir.

En este artículo de cerrajeros baratos te contamos todo.

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Mirilla digital legal

El tema de la seguridad, en mayor o menor medida, nos preocupa a todos. Cada vez son más quienes optan por instalar dispositivos que mejoren la seguridad de su casa, como cámaras de vigilancia, sistemas de alarma, etc.

Las mirillas electrónicas no son una excepción, pero no debes instalarla sin más, pues podrías estar infringiendo la legislación en materia de protección de datos de carácter personal (Ley Orgánica 3/18, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales).

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Mirilla digital grabadora y la protección de datos

Si optamos por instalar una mirilla electrónica con cámara que no grabe imágenes no vulneramos normativa alguna, pues el uso se entiende no transciende de la mera actividad doméstica.

Sin embargo, en el caso de que sí se realice captura de imagen, ya sea en foto o vídeo, en soporte físico o en la nube, hemos de considerar las prescripciones de la citada Ley de Protección de Datos.

¿Por qué no es legal una mirilla digital que toma fotos o graba?

Sí que es legal, lo que ocurre es que tenemos que cumplir algunos requisitos.

La diferencia se debe a que la grabación de imágenes tiene la consideración legal de dato de carácter personal, por lo que su tratamiento tiene que atender las disposiciones legales.

Tal vez pienses que no tiene mucho sentido esta situación, pero estamos hablando de legislación, no de sentido común.

Mirillas electrónicas wifi con cámara

Requisitos para instalar una mirilla digital

Si queremos instalar una mirilla digital legal en nuestra puerta tenemos que cumplir los siguientes requisitos:

  • Principio de proporcionalidad
  • Prohibición de grabar espacios públicos
  • Deber de información
  • Consentimiento
  • Conservación de las imágenes

No tires la toalla antes de tiempo. A continuación te explicamos punto por punto y como darles debida respuesta.

poner mirilla legal

Principio de proporcionalidad

Este aspecto se regula en el artículo 5 de la RGPD el cual especifica que los datos personales deben recogerse para fines determinados y legítimos.

De modo que la instalación de la mirilla digital con cámara debe hacerse para garantizar la seguridad de las personas, instalaciones o bienes.

Prohibición de grabar en espacios públicos

Tal y como veíamos en nuestro post sobre la instalación de cámaras en las comunidades de vecinos, NO se pueden grabar lugares públicos.

La Ley, en concreto la Ley Orgánica 4/97 en la que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos, establece que:

La instalación de cámaras de videovigilancia en la calle corresponde única y exclusivamente a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en el cumplimiento de funciones de seguridad. Nunca a empresas de seguridad privada.

Esto mismo se ve ratificado por la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales y la Ley de Seguridad Privada.

Pero eso no quiere decir que no podamos instalar nuestra mirilla, lo que ocurre es que nos tendremos que limitar a grabar en zonas comunes.

La definición de zona común la encontramos en el artículo 396 del Código Civil.

Tienen la consideración de zonas comunes los elementos estructurales como suelo, cimientos, pilares, vigas, muros, fachadas, terrazas, balcones, ventanas, portal, escaleras, pasillos, patios, recintos comunes, trasteros, jardines, piscinas, ascensores, contadores, etc.

Deber de información

La Ley Orgánica de Protección de Datos nos obliga a informar a los afectados, por lo que tendremos que instalar un cartel en lugar visible de la zona vigilada en el que se deberá indicar:

  • La zona está siendo grabada
  • Quién es el responsable del tratamiento de las imágenes y su dirección
  • Donde poder ejercer los derechos de Acceso Rectificación Cancelación y Oposición.

Consentimiento

El RGPD establece la necesidad del consentimiento expreso del titular para tratar sus datos.

En este sentido hay interpretaciones que dicen que con la mera información del cartel se entiende que es suficiente, pues el sistema no puede activarse o desactivarse a voluntad, por lo que se entiende que si una persona permanece en la zona de grabación estaría dando su consentimiento implícito.

Otras interpretaciones consideran que sería necesario un consentimiento expreso, lo que a efectos prácticos, en este caso, es totalmente imposible.

En cualquier caso sí que se debería contar con autorización de la comunidad de propietarios para poder instalar la cámara.

Conservación de las imágenes

Las imágenes recogidas deberán suprimirse en un plazo máximo de un mes, salvo que sea preciso conservarlas en orden al fin que justificó su captura, es decir, se hayan iniciado actuaciones en aras a la protección de la integridad de las personas, los bienes o las instalaciones.

Así pues, si se hubiera producido, pongamos por ejemplo un robo o un intento del mismo, se podrá ampliar el plazo de conservación de las imágenes siempre y cuando hayamos interpuesto denuncia para poder aportar las grabaciones o fotos como prueba documental.

Asimismo, en lo que a la captación de imágenes se refiere, se deben contemplar los correspondientes registros de actividades, un análisis de riesgos o aplicar las medidas de seguridad necesarias para proteger los datos.

Instalación no legal de mirillas digitales con cámara

Cualquier instalación que no contemple las disposiciones legales se está realizando al margen de la legalidad.

En consecuencia los afectados pueden presentar una denuncia en la Agencia Española de Protección de Datos, lo que podría conllevar además de la retirada una multa. Has de saber que una infracción grave puede conllevar multas de hasta 300.000 €.

De modo que ya sabes, puedes instalar una mirilla digital con cámara si así lo deseas. Eso mejorará indudablemente tu seguridad, pero no olvides hacerlo cumpliendo los requisitos legales.

Descargo de responsabilidades: El presente artículo tiene un carácter mayormente informativo y no es recomendación alguna. Se recomienda elevar consulta legal a profesionales especializados y/o los órganos facultativos e instituciones implicados.


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